La abogada Julia Badino, del estudio Badino y Asociados, se refirió a la figura de unión convivencial y aconsejó a las parejas que empiezan a pensar en la convivencia asesorarse respecto a sus bienes.
La abogada Julia Badino, del estudio Badino y Asociados, se refirió a la figura de unión convivencial y aconsejó a las parejas que empiezan a pensar en la convivencia asesorarse respecto a sus bienes.
Hacerse preguntas incómodas en la pareja no
suele ser un hábito. Justamente porque nadie quiere incomodar al otro, sin
embargo, hay cuestiones que son mejor resolverlas antes de convivir o casarse.
Es lo que sugiere la abogada Julia Badino del estudio Badino y Asociados, quien en su paso
por Déficit Cero (@upsanfco +
@3564tvstream) dejó los formalismos y las cuestiones sentimentales al margen y
se enfocó en la protección jurídica, patrimonial y familiar que ofrece una
figura como la unión convivencial para aquellos que optan por no casarse, algo
que dejó de estar de moda.
La abogada reconoció que la mayoría de los jóvenes
hoy prefiere otro tipo de vínculo, una tendencia que se consolida pero que,
según afirmó, puede dejar desprotegidos a los miembros de la pareja y hasta a
los hijos en común: “Acompañamos a las personas y a las familias, también a
empresas familiares, en lo que es la resolución de conflictos jurídicos, pero
sobre todo trabajando en lo que es la prevención del conflicto”, explicó Badino.
- ¿Hay
conocimiento en la gente sobre la figura de la unión convivencial?
Hay un poco de desconocimiento respecto a esta
cuestión pese a que hace 10 años se reformó el Código Civil. En realidad, lo que
se terminó haciendo fue regular las uniones convivenciales. Sucedía que había
un montón de parejas que no estaban eligiendo casarse justamente para evitar efectos
jurídicos que tiene el matrimonio y al final el Código Civil lo terminó
regulando, incluso a esas uniones convivenciales que por supuesto tienen
efectos jurídicos distintos que el matrimonio.
- ¿La
ley vino a regular ante un gris que existía?
La unión convivencial es reconocida legalmente
como la vida en común entre dos personas con intención de estabilidad, pero no
otorga los mismos derechos que el matrimonio. Con respecto al matrimonio, por
ejemplo, antes teníamos solamente el régimen de comunidad de bienes, que es que
antes todo lo que ingresaba durante el matrimonio era de los dos integrantes de
la pareja. Hoy existe la posibilidad al momento de casarse o incluso alguien
que ya está casado, de ir al Registro Civil y solicitar el cambio de régimen de
separaciones de bienes que implica que cada uno de los cónyuges pueda tener la
libre administración de lo suyo.
- ¿Mucha
gente se pregunta qué sucede cuando alguien de la pareja en la unión
convivencial fallece? ¿Los derechos son limitados? ¿Hay o no herencia?
En las uniones convivenciales, el conviviente
no hereda y mucha gente cree que sí. No hay herencia, no hay bienes
gananciales, entre otras cosas. Cada pareja tendría que hablar respecto a esto.
Por ahí lo que a nosotros nos gusta trabajar mucho en el estudio son los
distintos escenarios. ¿Qué pasa si se casan? ¿Qué pasa si adquieren un régimen
de comunidad de bienes o una separación de bienes? ¿Qué pasa si siguen
conviviendo con uno de los hijos y alguien fallece? ¿Qué pasa con esos bienes? O
sea, trabajar de esa manera para que cada pareja termine eligiendo algo y luego
no sea una sorpresa.
- ¿Y
de qué se tratan los pactos de unión convivencial y dónde se realiza el
trámite?
Se inscriben en el Registro Civil. La verdad es
que no se está utilizando mucho. Hace 10 años que se reformó el Código y que
está la opción y la verdad que justo esta semana estuvimos en la sala de
Derecho de Familia del Colegio de Abogados hablando un poco esta temática
porque hasta el momento los datos que tenemos es que solamente en Córdoba
capital hay algunos pactos de uniones convivenciales registrados, pero en el
interior no conocemos o no tenemos datos de eso. Estos pactos determinan todo
lo que son las cargas, cómo van a contribuir los integrantes de una pareja a
las cargas del hogar durante la convivencia y también determinar los bienes que
hayan comprado en común, porque también hay una cuestión de que cuando uno a lo
mejor está conviviendo, cada uno dispone de sus bienes, pero a lo mejor
compraron un auto juntos, un terreno o sacaron un crédito. Es el caso que
comprende a los dos, pero figura a nombre de uno, entonces es necesario de
alguna manera probar que la otra persona también participó. Son acuerdos
escritos que firman las parejas para organizar los aspectos económicos y de
convivencia, tanto durante su relación como después de que esta termine.
- Hay
que hacerse esas preguntas incómodas en esa etapa de enamoramiento.
Cuando uno está en una relación también debe empezar
a hacerse preguntas que pueden ser un poco incómodas, pero hay que hacerlas. Así
como hablamos de dónde vamos a vivir, qué vamos a comprar de muebles y eso, después
hay cuestiones patrimoniales que son importantes empezar a charlarlas. Nosotros
aconsejamos el asesoramiento.
Contacto
Bv. Roca 2993
Cel: 3564642847
Instagram: @badinoyasociados
⚖️ Derecho de Familia |
Empresas Familiares | Agrario
Protegemos personas, patrimonio y empresas.
MatrimonioUnión convivencialPactos de Unión ConvivencialDerecho de familiaSan Francisco
Espacio Publicitario
Comentarios
Noticias que te pueden interesar
Banco Nación lanzó créditos de hasta $100 millones para comprar autos 0 km y usados: cuáles son las tasas
La nueva modalidad permite financiar hasta el 100% del vehículo sin prenda y ofrece plazos de hasta 60 meses.
2026-09-07 20:29:23
Derecho de familia: “En una relación también se deben hacer preguntas un poco incómodas”
La abogada Julia Badino, del estudio Badino y Asociados, se refirió a la figura de unión convivencial y aconsejó a las parejas que empiezan a pensar en la convivencia asesorarse respecto a sus bienes.
2026-09-07 18:43:32
Llaryora recibió a Germán Font, intendente electo de Marcos Juárez, y le ratificó el respaldo
El gobernador ratificó el respaldo de la Provincia a la nueva gestión y destacó el desarrollo de una jornada electoral democrática y ordenada.